Expide la UAM lineamientos
para el acceso a la información
NUESTRA CASA ABIERTA AL TIEMPO publica hoy el
Acuerdo 08/2003 del Rector General mediante el cual se emiten los lineamientos para el acceso a la información
de la Universidad Autónoma Metropolitana y se crea la Coordinación de Enlace y Acceso a la Información
Universitaria.
El Acuerdo da cumplimiento legal a las disposiciones
establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG)
que entró en vigor el 12 de junio de 2002, estableciendo un plazo de hasta un año para difundir la
información relativa a cada Institución.
Los lineamientos, en los que se prevé la existencia de un Comité de Información y Resolución,
establecen los criterios y procedimientos institucionales necesarios para que toda persona pueda tener acceso a
la información de la Universidad, de conformidad con los principios y plazos establecidos en la propia ley.
Cabe señalar que una parte de la información se considera reservada o confidencial, y su manejo está
sujeto a reglas distintas a las aplicables a la información disponible al público en general.
Abierta al escrutinio
De esta forma, nuestra Casa de estudios –como organismo descentralizado del Estado— cumple con los objetivos de
proveer lo necesario para que cualquier persona física o moral pueda tener acceso oportuno, veraz y confiable
a la información que genere o posea, mediante procedimientos establecidos en la propia LFTAIPG, lo cual
favorece la transparencia de la gestión institucional y fortalece la rendición de cuentas de sus
órganos e instancias de apoyo.
Con los lineamientos se garantiza la protección de la información reservada o confidencial en posesión
de la Universidad, se favorece la rendición de cuentas a los ciudadanos, se mejoran la organización,
clasificación y manejo de los documentos, y se contribuye a la democratización de la sociedad mexicana
y a la plena vigencia del Estado de Derecho.
Desde su origen, la Universidad Autónoma Metropolitana
ha estado abierta al escrutinio de los miembros de su comunidad y de la sociedad en general, en relación
con los recursos que se le asignan para su operación y que son utilizados de manera eficiente para los fines
que constituyen su razón de ser.
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