34 | Reglas para la Aplicación de los Elementos de Identidad Institucional
No se permitirá la colocación de elementos ajenos
al conjunto dentro del área de seguridad del
mismo.
Al conjunto, o alguno de sus componentes,
no se le podrán añadir elementos adicionales
que interfieran con su identidad. Se consideran
elementos adicionales: marcos, contornos
y cualquier elemento que invada el área de
seguridad del conjunto, descrita en la página 18.
3.2 Usos incorrectos