Dirección de Comunicación Social
msg@correo.uam.mxNúmero 329
Octubre 29, 2009
ENFRENTABA AGUSTÍN PÉREZ CARRILLO LOS PROBLEMAS Y PARADOJAS DE LA TEORÍA DEL DERECHO, DESTACAN EN SU HOMENAJE EN LA UAM
*Sus trabajos, dedicación, entereza y compromiso le dieron a esta Institución una estructura jurídica y un conjunto de ordenamientos acordes con los compromisos de una universidad pública: Rector General
Una característica que distingue a los estudios culturales que se realizan en América Latina con respecto a los de Estados Unidos (EU) es la trascendencia del nivel discursivo de las problemáticas y la utilización de otros recursos como la encuesta, la estadística y datos duros que sustenten la investigación.
Así lo indicó el doctor Néstor García Canclini, profesor-investigador del Departamento de Antropología de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), en el marco del Seminario Voces Híbridas, Ciudad, Juventud e Interculturalidad, que como homenaje a su trayectoria tiene lugar en la Rectoría General de esta casa de estudios.
El autor de Culturas híbridas sostuvo una conversación con el doctor Claudio Lomnitz, catedrático de Columbia University, EU, quien lo interrogó sobre temas como el desarrollo de los estudios sobre Antropología y Cultura en América Latina y en México, asunto acerca del cual el filósofo y antropólogo tiene una extensa obra.El principio básico de la teoría del Derecho es que la norma jurídica es un marco que admite varias posibilidades de interpretación y cualquiera de ellas tiene el mismo valor en la materia; este fue uno de los problemas que Agustín Pérez Carrillo (1942-2009) dilucidó para plantear después la distinción fundamental entre la interpretación auténtica y la no auténtica de un hecho.
Lo anterior lo aseveró el doctor Ulises Schmill Ordóñez, ex presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al impartir la conferencia magistral en el marco del homenaje póstumo al ex abogado general de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
El también ex académico del Departamento de Derecho de esta casa de estudios señaló que siendo Pérez Carrillo un expositor convencido de la Teoría kelseniana del Derecho, podía notarse su honestidad intelectual y audacia de pensamiento cuando advertía la paradoja en el sentido de que “el derecho positivo admite interpretaciones contrarias, siendo una de sus consecuencias que el lenguaje normativo pierde significatividad”.
“Si la norma que prescribe prohibido matar admite la posibilidad jurídica de que ello está permitido, se sostienen en referencia al mismo texto dos significaciones contrarias, con lo cual es imposible determinar cuál conducta observa la regla y cuál la incumple”.
Si surge una paradoja –decía Pérez Carrillo– procede resolverla o disolverla, “y en los límites de la teoría pura del Derecho no se cuenta con los datos suficientes para afirmar que se encuentra atendida la mencionada contradicción”.
Lo anterior, indicó el doctor Schmill Ordóñez, deja el carácter intelectual del homenajeado, quien enfrentaba los problemas y paradojas de cualquier teoría general y en especial la del derecho que él suscribía.
El doctor José Lema Labadie, rector general de esta casa de estudios, resaltó que recordar a Agustín Pérez Carrillo –quien se desempeñara en la UAM como abogado general en los periodos 1981-1985, 1985-1988 y 1989-1993– es recordar todo lo que dio a la Universidad.
No sólo por la importancia de sus labores como abogado general, sino porque sus trabajos, dedicación, entereza y compromiso permitieron darle a la UAM una estructura jurídica y un conjunto de ordenamientos acordes con los compromisos y tareas de una universidad pública.
La UAM, apuntó el doctor Lema Labadie, recuerda al abogado Pérez Carrillo con gusto, porque las bases de la Universidad, la estructura de la misma le debe mucho a su talento, inteligencia, capacidad, vocación y responsabilidad.
La licenciada Claudia de Buen Unna, abogada general de la Institución, subrayó que Pérez Carrillo fue un adelantado conocedor de la técnica normativa a la que ahora se le ha dado el rango de teoría de la legislación.
En los periodos que se desempeñó como Abogado General de esta casa de estudios fueron diseñados y aprobados 13 de los 15 reglamentos vigentes que conforman la legislación universitaria, además de las políticas generales de la Institución.
El investigador –convencido de que una deficiente construcción de enunciados jurídicos, sean leyes o reglamentos, puede tener repercusiones trascendentales y generar conflictos no sólo en el sistema jurídico– se preocupó y ocupó de desarrollar un modelo de política legislativa institucionalizado por el Colegio Académico de la UAM desde 1983.
Dicho modelo se mantiene vigente “y seguimos como parte de una sana tradición, en la creación o modificación de nuestra legislación universitaria, la que también es un legado del maestro y que por cierto sigue siendo un referente en el derecho universitario”, puntualizó.