Reglas de Aplicación de los Elementos
de Identidad Institucional
Acuerdo 06/2012

ACUERDO 06/2012 DEL RECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL
SE EMITEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS ELEMENTOS
DE IDENTIDAD INSTITUCIONAL

 

 

CONSIDERANDO

I. Que la representación legal de la Institución corresponde exclusivamente al Rector General quien tiene, entre otras competencias, la de conducir las labores de planeación general para el desarrollo coherente de la Universidad, emitir circulares y acuerdos para hacer cumplir la Ley Orgánica y las normas o disposiciones reglamentarias que expida el Colegio Académico, así como establecer, previa consulta con los rectores de unidad, las medidas administrativas y operativas convenientes para el funcionamiento coherente de las actividades de la Universidad.

 

II. Que la denominación, emblema y lema de la Universidad Autónoma Metropolitana constituyen la imagen e identidad institucional desde su creación y, a partir del 30 de noviembre de 1976, se tiene registrada como marca ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial, con el título de registro número 201153, expedido el 30 de marzo de 1977.

 

III. Que la denominación, emblema y lema de la Universidad conforman una marca en términos de la Ley de Propiedad Industrial, por ser un signo visible que distingue productos o servicios de otros de su misma especie o clase, por lo que debe utilizarse en las condiciones indicadas en el registro marcario.

 

IV. Que conforme a la Política General 6.8, se debe procurar el desarrollo de una imagen institucional integrada y única de la Universidad, que reconozca y respete la diversidad de las unidades universitarias, por lo que éstas en lo individual y en su conjunto deben mantener una identidad que contribuya a generar una imagen homogénea al interior y exterior de la Institución.

 

Con base en las consideraciones anteriores y con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley Orgánica, 36 y 41 fracciones III, V y VII del Reglamento Orgánico y conforme a la Política General 6.8, el Rector General emite el siguiente:

 

ACUERDO

ÚNICO. Se emiten las Reglas para la Aplicación de los Elementos de Identidad Institucional que deberán observar los órganos, instancias de apoyo, trabajadores y alumnos de la Universidad Autónoma Metropolitana, por contener los únicos y exclusivos elementos con los que se debe identificar oficialmente a la Institución.

 

TRANSITORIOS

1°. El presente Acuerdo entrará en vigor el 2 de enero de 2013.

2°. Se abroga el Acuerdo 08/85 del Rector General.

3°. Se deroga el numeral 3 del Acuerdo 8-82 del Rector General.

 

 

México, D. F., a 3 de diciembre de 2012.

A t e n t a m e n t e
Casa abierta al tiempo

DR. ENRIQUE FERNÁNDEZ FASSNACHT
RECTOR GENERAL

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