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Número 731
23 de octubre de 2018

CUMPLE LA UAM CON REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN

*De esta manera se atiende el compromiso de la Rectoría General con la rendición de cuentas

 

La Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) dispone ya de su Reglamento para la Transparencia de la Información Universitaria, con lo que cumple así uno de los propósitos primordiales de la gestión del rector general, doctor Eduardo Peñalosa Castro, que se expresa en la rendición de cuentas y el uso transparente de los recursos públicos.

 

Los principios y procedimientos que garanticen el acceso y la protección de datos personales en el desarrollo de las actividades sustantivas de docencia, investigación, y preservación y difusión de la cultura quedaron establecidos en el ordenamiento, aprobado por el Colegio Académico de esta casa de estudios en su sesión 447.

 

Para la aplicación correcta de los lineamientos fue creado el Comité de Transparencia con cinco miembros titulares y suplentes, todos ellos parte del personal académico, a fin de asegurar la independencia en las decisiones y descartar actos de subordinación o jerarquía, respecto de las instancias responsables de generar, obtener, transformar, conservar, clasificar y proporcionar información.

 

A esa instancia corresponde, entre otras funciones, atender las obligaciones institucionales en materia de transparencia, así como confirmar, modificar o revocar las determinaciones en cuanto a ampliación de plazos de respuesta, clasificación y declaración de inexistencia o incompetencia por parte de la UAM.

 

También deberá emitir las reglas que faciliten obtener información como acceso a la misma; atender las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y proteger los datos personales en posesión de la Universidad.

 

Además es la encargada de compilar, verificar y publicar los índices de los expedientes clasificados como reservados y de desarrollar y promover programas de capacitación y actualización en estas funciones.

 

El Reglamento considera la continuidad de la Unidad de Transparencia –creada en octubre de 2016– cuyo titular será nombrado y removido por el Rector General, fungiendo como enlace ante el INAI y responsable de los contenidos difundidos en el portal Web de transparencia institucional y en la Plataforma Nacional de Transparencia, así como solicitar a las dependencias universitarias la actualización periódica.

 

La Unidad recibirá y tramitará las solicitudes, que serán capturadas en la Plataforma Nacional y auxiliará a los interesados en estos procedimientos, conforme a lo establecido en la legislación, con el objetivo de dar cumplimiento a los requerimientos, llevando un registro de peticiones, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío, así como de fomentar la transparencia y la accesibilidad.

 

El estatuto clasifica la información universitaria como reservada cuando comprometa la seguridad nacional o pública; ponga en riesgo la vida, los derechos, la seguridad o la salud de cualquier persona; obstruya los procesos de verificación, inspección y auditoría relativos a la aplicación de las leyes o la prevención y persecución de los delitos; afecte los mecanismos para aplicar sanciones o medidas administrativas; pueda causar perjuicio a la Universidad; esté contenida en investigaciones de hechos que la ley señale como transgresiones y aquella que por disposición expresa de una ley tenga ese carácter.

 

La información catalogada como confidencial corresponde a los datos personales: domicilio, número telefónico, estados de salud, secretos industriales, comerciales o científicos; que haya sido proporcionada para obtener licencias, permisos, autorizaciones o registros en materia de propiedad industrial, o recibida mediante convenios con cláusulas de confidencialidad.

La normatividad prevé los procedimientos para requerir información universitaria; pauta los recursos de revisión y las medidas de apremio y sanción en aquellos casos de incumplimiento de las obligaciones que competen a la transparencia.

 

Al asumir la Rectoría General, el doctor Peñalosa Castro se comprometió con un ejercicio de sus funciones que consolide la presencia de la Casa abierta al tiempo –en el país y el extranjero– a partir de un enfoque de comunicación sustentado en la transparencia y la rendición de cuentas.