Número 676
30 de diciembre de 2020
LAS LEYES LABORALES REGULAN LA HUELGA COMO UN PROCEDIMIENTO
Y NO UN DERECHO
*El Estado no podría limitar este derecho constitucional ni intervenir en la vida interna de sindicatos y trabajadores
La huelga tiene como propósito defender los derechos de los trabajadores, armonizar los intereses del trabajo y del capital pero también transformar a la sociedad, sostuvo el doctor Héctor Santos Azuela, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
Por tanto, el Estado no tendría por qué intervenir en la vida democrática de los empleados o de los sindicatos, en virtud de que no debe haber limitación alguna ese derecho.
Sin embargo, “no creo en la fuerza de nuestra legislación laboral, ya que las Juntas de Conciliación y Arbitraje se están derrumbando desde hace años y no sabemos hacia dónde caminar. Los gobiernos burgueses que sucedieron a Venustiano Carranza en 1917 no hicieron más que ir bordando una ley muy endeble que ha regulado la huelga como un procedimiento más que como un derecho”, afirmó al dictar la charla La huelga ante la nueva justicia laboral, en el ciclo de conferencias magistrales Hacia un nuevo Sistema de Justicia Laboral.
La mejor salida, las más espontánea y autentica de reivindicación es la acción directa, la organización y lucha de los mismos trabajadores, como se hace en Italia, donde se optó por derogar el código del trabajo y en un solo artículo se reconocen el contrato colectivo y el derecho de huelga.
El siglo pasado, México fue de los primeros países en el mundo que legisló este asunto, en tanto que en Italia fue hasta la caída de Benito Mussolini cuando soplaron vientos frescos sobre la huelga, en aquel país ese proceso se vivió con un gobierno democrático, recordó el especialista en asuntos laborales.
“En mi etapa de formación como estudiante en Italia conocí el derecho de huelga y de asociación en momentos en que esos preceptos se ejercieron por el pueblo. Vi todos los paros laborales imaginables en esos años, todo el país estaba en huelga y no sólo la capital Roma.”
En ese país no se había legislado sobre el derecho del trabajo, ni en términos individuales como tampoco colectivos, incluso sobre el sindical. Ésta última fue diversa y los trabajadores se defendían de manera directa, obligando al sistema italiano a “tirar a la basura las normas laborales y ejercían en la práctica sus derechos sindicales y de trabajo, y con esa ideología se determinó la escueta ley sobre legislación laboral”.
Nuestro país fue el primero en incorporar este aspecto y de huelga en la Carta Magna de 1917.
El profesor investigador del Departamento de Derecho de la Unidad Azcapotzalco de la UAM expuso que a pesar de que en la actualidad la conciencia de clase está en crisis, “percibo en mis clases que se está despertando en mis alumnos de la UAM”, concluyó en el ciclo convocado por la División de Ciencias Sociales y Humanidades de esa sede universitaria y el Proyecto Emergente de Educación Remota (PEER).